APLICACIÓN: Plataforma móvil propiedad de TATEL, misma que incluye la infraestructura de cómputo, redes de telecomunicaciones, sistemas operativos, bases de datos y software que ocupa para sus operaciones, por medio del cual se realizarán los SERVICIOS que presta, y en su caso estará disponible para iOS y Android, así como por medio de la página de internet o cualquier otro medio que TATEL designe.
ARCO: Derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, que se otorgan al USUARIO respecto a sus DATOS PERSONALES.
CONVENIO: Convenio de Colaboración previamente celebrado entre TATEL y la EMPRESA, por medio del cual la EMPRESA contrae los SERVICIOS prestados, para efecto de ponerlos a disposición de los USUARIOS.
CUENTA ORDENANTE: Cuenta de depósito a la vista, incluida la cuenta básica de nómina, o cualquier otra cuenta de depósito o cheques, abierta en una Institución de Crédito a nombre del USUARIO, en la que se realizarán, entre otros, los depósitos de los RECURSOS DEVENGADOS, que serán solicitados por medio de la APLICACIÓN.
DATOS PERSONALES: Cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable.
DATOS SENSIBLES: Aquellos datos personales que afecten a la esfera más íntima de su titular, o cuya utilización indebida pueda dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste. En particular, se consideran sensibles aquellos que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud presente y futuro, información genética, creencias religiosas, filosóficas y morales, afiliación sindical, opiniones políticas, preferencia sexual.
EMPRESA: Sociedad debidamente constituida conforme a las leyes aplicables, con la que TATEL ha celebrado un Convenio de Colaboración, en virtud del cual ofrece a sus colaboradores, personal o prestadores de servicios (de aquí en adelante los “USUARIOS”), el SERVICIO que ofrece TATEL, mismo que será descrito a continuación en este documento. Dicha sociedad será la única obligada del depósito a los USUARIOS, en la cuenta determinada como CUENTA ORDENANTE, las cantidades que le corresponda a cada uno por concepto de contraprestación a cambio de los servicios o trabajos que dicha persona realice en su beneficio, salvo en caso de que el USUARIO haga uso del SERVICIO ofrecido por TATEL, y solicite un anticipo de sus RECURSOS DEVENGADOS por conducto de la APLICACIÓN en los términos previstos en el CONVENIO y en los presentes términos y condiciones.
LEY: Se refiere a la “Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares”.
RECURSOS DEVENGADOS: La cantidad de dinero correspondiente a los salarios, honorarios, comisiones y/o cualquier otro tipo de contraprestación, devengada por el USUARIO al servicio de la EMPRESA, misma que podrá acceder el USUARIO para efecto de solicitar y, en su caso, recibir el pago anticipado de la contraprestación acordada.
REGLAMENTO: Se refiere al “Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares”.
RESPONSABLE: La persona o personas, ya sean físicas o morales, que se encarguen del recabo, decide sobre uso y manejo de los DATOS PERSONALES necesarios para llevar a cabo los SERVICIOS.
SERVICIO O SERVICIOS: Conjunto de actividades que se realizarán a través del uso de la APLICACIÓN, para efecto de que el USUARIO pueda acceder y retirar los RECURSOS DEVENGADOS, solicitando a TATEL el depósito de sus RECURSOS DEVENGADOS con anticipación a la fecha de pago acordada entre el mismo y la EMPRESA. TATEL deberá realizar el depósito mencionado anteriormente, a excepción de que no cuente con los recursos suficientes para realizar dicho depósito o se encuentre en imposibilidad de cumplir efectivamente con su obligación.
TATEL: Sociedad debidamente constituida como “GRUPO TATEL, S.A.P.I. DE C.V.”, misma que será la encargada de prestar los SERVICIOS descritos más adelante.
USUARIO O USUARIOS: Personas físicas que tengan celebrados con la EMPRESA, contratos individuales de trabajo, o contratos de prestación de servicios o cualquier otro contrato, quienes estarán facultados para solicitar los SERVICIOS por medio del uso de la APLICACIÓN, para efecto de recibir el pago de los RECURSOS DEVENGADOS que provengan de las prestaciones laborales o de servicios, así como cualquier otro concepto acordado entre ellos.
Actualizado: 25 de Septiembre, 2020